• Vie. Abr 19th, 2024

Primeros auxilios laborales

Ante todo debemos guardar la calma,  nunca debemos presionarnos. Lo que los patrones hacen siempre es presionarnos para que tomemos lo primero que nos ofrecen. Ante el despido, el patrón siempre tratará de hacernos firmar un documento, intimidándonos.  El documento puede ser una renuncia voluntaria o un convenio en el que aceptamos haber cometido alguna falta que le permita despedirnos justificadamente. Así que recuerda, la clave es mantener la calma, el patrón no tiene todas las de ganar.

¿El patrón puede despedirme?

En la ley, las causas por las que el patrón te puede despedir están en el artículo 47; aunque el artículo y toda la ley están mañosamente redactados, sólo lo que dice el artículo es causa para el despido, entre las causas más claras están: trabajar en estado de ebriedad o drogado; robar; dañar maquinas, herramientas y materiales; insultar o pelarse con cualquier persona que trabaje ahí mismo y con los familiares del patrón; faltar cuatro veces en 30 días; revelar secretos defabricación y negarse a obedecer las ordenes de trabajo si motivo alguno; por otro lado están las faltas de probidad y los actos inmorales en los que pueden incluirse muchas cosas. Sólo cuando caemos en estas faltas y no existe duda de ello nos pueden despedir sin responsabilidad.

¿Qué hago si me despiden injustificadamente?

En caso de que no cometamos las faltas antes mencionadas nos están despidiendo injustificadamente y por lo tanto podemos demandarlo para que nos devuelva al trabajo o que nos dé una indemnización si no nos reinstala.  Es muy importante no firmar ningún documento, ni caer en provocaciones al momento del despido. No hay que apresurarnos, tenemos 60 días para meter la demanda.

¿Qué nos corresponde como indemnización en caso de despido injustificado?

*90 días  de tu  salario diario

*12 días por año laborado (hasta 2 salarios mínimos por día)

Además de lo que ya ganaste:

*Parte proporcional de vacaciones

*Parte proporcional de aguinaldo

*Ahorro

y en caso de demandar reinstalación una indemnización de 20 días por año trabajado más los salarios caídos mientras dure el juicio.

¿Puedo demandar si estoy subcontratado?

Claro que se puede demandar, en este caso se demanda a la empresa que te subcontrata y a la empresa para la que trabajas porque ésta también tiene responsabilidad.

¿Puedo demandar si tengo contrato temporal o trabajador a prueba o en capacitación?

Sí, puedes demandar porque la mayor parte de estos contratos no son reconocidos por la ley; para realizar un trabajo temporal el patrón debe justificar plenamente  el por qué es un trabajo temporal, cosa que no difícilmente logran hacerlo. Debes tener claro que mientras subsista la materia de trabajo puedes seguir trabajando.

¿Mi demanda procede si soy empleado de confianza?

Existe un abuso en esto, los trabajadores de confianza son únicamente los que ocupan puestos directivos, los representantes directos del patrón, los que hacen tareas de supervisión. Muchas veces el hecho de trabajar en las oficinas de la empresa o aun lado del patrón, como ser su secretario o secretaria , se califica como trabajador de confianza, esto no es cierto.

¿Puedo demandar si no tengo contrato?

Sí se puede demandar, la relación de trabajo se da por hecho y se puede demostrar por otras vías.

¿Me pueden despedir si la empresa va a recortar personal?

La ley dice claramente que en caso de  recorte de personal, se liquidará a los trabajadores con menor antigüedad procurando que  permanezcan los de mayor antigüedad.  Si hay el caso de que se tiene que recortar personal por la introducción de maquinaria, quienessean liquidados tendrán ina indemnización adicional.

¿Van a cerrar el centro de trabajo qué puedo hacer?

Los cierres de las empresas deben estar plenamente justificados ante hacienda y la autoridad laboral. En este caso se debe llegar a un convenio con los trabajadores y tratar de acordar una indemnización por el cierre ya que se les está privando de su derecho al trabajo.

El mundo jurídico laboral es muy complejo, tiene muchas trampas y vacíos legales que los patrones aprovechan. Pero si actuamos a tiempo podemos salir bien librados de cualquier problema. Cada caso es diferente y tiene sus aspectos particulares. Lo que debemos tener claro es que todos estos problemas se dan porque no tenemos como defender nuestros derechos colectivamente; y la única solución a esto es organizándonos.

Para mayor información y para obtener una asesoría gratuita contáctanos.

Compartir en:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *